Desarrollo de Proyectos Empresariales Innovadores
Objeto
Facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento.
Intensificar la colaboración con aquellos agentes que trabajan en Bizkaia en apoyo de nuevas iniciativas empresariales.
Personas y entidades beneficiarias
- Las personas físicas promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Las empresas existentes promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Las nuevas empresas innovadoras, que no hayan iniciado su actividad con anterioridad al 1 de enero de 2014, según fecha de alta en el IAE. Dichas empresas deberán estar constituídas como Sociedad Mercantil o Cooperativa.
Quedan excluidas las Sociedades Públicas, Entidades de Derecho Público, las comunidades de bienes y las sociedades civiles.
Las personas y entidades beneficiarias deberán cumplir además los siguientes requisitos:
- Estar empadronadas o tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
- No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo.
- No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones, cuya acreditación se realizará mediante declaración contenida en la solicitud de inscripción en el Registro de Entidades y Personas del Departamento de Promoción Económica.
Gastos subvencionables y cuantía de la subvención
El desarrollo y definición del plan de empresa.
Se considerarán los siguientes gastos de desarrollo:
- Estudios de viabilidad, estudios de mercado; prototipos, informes y estudios técnicos específicos; viajes y asistencia a ferias y asesoramiento personalizado en el desarrollo del nuevo proyecto empresarial.
- Los beneficios podrán ser de hasta el 70% de los gastos de desarrollo (con un límite máximo de 40.000€).En el caso de iniciativas empresariales consideradas prioritarias (artículo 2 del Decreto) podrán ser de hasta el 80% (con un límite máximo de 60.000€). En el caso de iniciativas empresariales consideradas "de alto potencial de crecimiento" podrán ser de hasta el 90% (con un límite máximo de 80.000€).
Normativa Reguladora
Documentos
- Resumen: Proyectos Empresariales Innovadores (187 KB)
- Memoria: Proyectos Empresariales Innovadores (390 KB)
- Documento de domiciliación bancaria para subvenciones (Ficha de parte acreedora) (47 KB)
- Criterios de justificación (130 KB)
- Modelo de memoria de justificación intermedia (208 KB)
- Modelo de declaración responsable MINIMIS
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 4 de junio de 2015 hasta las 13:30 horas del 15 de septiembre de 2015.
Un Proyecto de Innovación Educativa es una propuesta sistemática para abordar la práctica educativa, sea en las dimensiones del currículum, de la didáctica, los materiales educativos, la evaluación, la gestión, y otros con el fin de lograr mejoras cualitativas y cuantitativas
ResponderEliminarUn Proyecto de Innovación Educativa es una propuesta sistemática para abordar la práctica educativa, sea en las dimensiones del currículum, de la didáctica, los materiales educativos, la evaluación, la gestión, y otros con el fin de lograr mejoras cualitativas y cuantitativas
ResponderEliminarALMA DELIA RODRIGUEZ MONROY 3I
ResponderEliminarLos proyectos innovadores deben ser factibles creativos y sobre todo satisfacer una necesidad